Duda en impuestos
Hola, buenos días,
Tengo un problema. He estado de baja de mi actividad de ABRIL a SEPTIEMBRE, y ahora estoy de alta de nuevo. En 2009 hice unos trabajos que no me iban a pagar en mucho tiempo, por eso lo facturé en JUNIO (fecha en la que estaba de baja), para la reclamación formal del pago, tras múltiples intentos anteriores, con IVA 18 Y RETENCION 15. Dicha factura me la han pagado en Octubre de este año.
- No se si tendré algún problema por haber hecho esa factura en Junio, aunque sea de trabajos de 2009.
- A la hora de hacer el 4T y el resumen anual, tengo que reflejar un IVA y RETENCION que no son los actuales (debido a esa factura).
¿Que puedo hacer en esta situación?
Muchas gracias por todo. Un saludo
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Hola
Bueno, lo importante en un caso así es que la factura no hiciera referencia a 2009.
SI la hiciste en junio no debe haber ningún problema por lo que a la factura se refiere independientemente de cuando te la hayan pagado.
Por lo que dices entiendo que el problema era que estabas de baja en Hacienda y entonces la vas a meter en el cuarto trimestre. Bueno, eso puede colar porque puedes decir que eran trabajos pendientes del primer periodo del año, no te preocupes por la diferencia de tipos, mira estos posts que publicamos al respecto:
https://www.infoautonomos.com/blog/consejos-practicos-para-aplicar-la-subida-del-iva-de-septiembre-2012/
https://www.infoautonomos.com/blog/como-rellenar-el-modelo-303-con-la-subida-del-iva/
El mayor problema lo veo en que si presentaste la factura en junio, tu cliente debería haber pagado a Hacienda la correspondiente retención en julio y si no estabas de alata es posible que tarde o temprano salte una alarma y te pongan una sanción. Pero creo que será leve.
SaludosRespondido el 15 de enero de 2013
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