Primera liquidación del irpf

Hola. En diciembre he abierto una tienda. Me han capitalizado el paro. ¿En la presentación del IRPF se considera como un ingreso o sólo tengo que tener en cuenta los que he percibido como sueldo y los propios generados por las ventas de la tienda?. En si este primer mes de apertura he ingresado por ventas de producto unos mil euros, con lo que no cubro gastos y si no tengo en cuenta la aportación del paro sale una cuota negativa ya que los gastos de la inicialización del negocio han superado los cuatro mil. En caso de no hacerlos constar y el resultado sea negativo, ¿Hay que pagar algo igualmente?. Gracias.

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  • hasta 15500 euros de acuerdo a las exenciones enumeradas articulo 7 de la LIRPF esos ingresos estaran exentos, tendras que hacer el 130 aunque no te salga a ingresar pero no tendras que pagar nada

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