Declaración

Buenos días:
He estado de baja como autónomo unos meses y ahora en diciembre( 01-12-2012)me he vuelto a dar de alta, mi duda es la siguiente; He recibido una factura del 1-10-12 por formación ( es decir, sin IVA y con una retención del 21%) ¿ Debo hacer el trimestral 111 y el anual 190 ? ¿ o como yo estaba de baja como autónomo en esa fecha, no es obligatorio? ¿ qué pasaría si yo no estuviese obligado a hacerla pero el si hiciera su declaración correspondiente?
Muchísimas gracias por adelantado

Creada el
  • La baja laboral es a efectos de Seg.Soc. a nivel tributario debes seguir atendiendo tus obligaciones. Teniendo retención la factura te aconsejo que la declares porque tu proveedor le dirá a la AEAT que te hizo factura con retención y tu no la has ingresado.

    un saludo,
    www.gestionycontrol.es

    Respondido el

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