Reforma de tu propio local

Buenos días a todos. El caso de un centro de estética (SL que se va a constituir en breve) y se quiere reformar el local ya que está de obra y diáfano. El local es alquilado y se va a contratar al albañil en régimen general de seguridad social. ¿Debe inscribirse la empresa en el REA?. ¿Habría que poner en el objeto social la actividad de reformas?. Gracias por adelantado.

Creada el
  • No he acabado de entender tu pregunta

    ¿vais a constituir una sociedad y os vais a instalar en un local que vais a reformar?

    ¿o vais a reformar un local porque la sociedad que vais a constituir se dedica a reformas?

    Un saludo,
    www.gestionycontrol.es

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  • Vamos a alquilar un local y lo vamos a reformar pero NO nos vamos a dedicar a la construcción. Es decir, compramos los materiales y contratamos en régimen general al albañil.

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  • Vale,

    Siendo S.L. todos los costes (materiales, subcontrataciones.....) incluidos los seguros sociales de contratar el albañir y su salario, los teneis que englobar como si fuera una sola inversión para su amortización posterior; pero al ser un local alquilado el periodo de amortización no puede ser superior al periodo de alquiler del local que conste en contrato.

    No teneis por que daros de alta como actividad de reformas porque no vendeis reformas. Contratais a alguien que forma parte del coste total de la inversión en el local, porque se va a dedicar a eso.

    Es igual que si poneis comprais una maquinaria especifica y contratais a alguien para que os haga la puesta a punto. El coste de esta persona forma parte del coste de adquisición de la maquinaria porque todo gasto en el que se incurra hasta la puesta en funcionamiento de la maquinaria forma parte de su coste de adquisición.

    Un saludo,
    www.gestionycontrol.es

    Respondido el

  • Entendido. Muchiiiiiisimas gracias.

    Respondido el

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