Alta y Baja de Autónomo
Buenas noches,
Trabajo con una agencia de viajes y mis ganancias son a comisión. El tema es que las ventas son durante 2 o 3 meses seguidos al año... Por lo tanto pensaba en darme de alta como autónomo por ese tiempo determinado y una vez finalizado el período de ventas y habiendo cobrado mis beneficios, darme de baja.
¿Hay algún problema o me perjudicaría en algo hacerlo de este modo?
He leído por ahi que con altas y bajas, el IRP me subiría bastante...
Quisiera tener información detallada sobre este caso, si necesitan mas detalles sobre mi trabajo, los daré sin problema.
Gracias de antemano.
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Buenos días moska,
Si estas o vas a cobrar comisiones debes darte de alta de autónomo mediante un modelo 037 en la agencia tributaria.
Una vez hecho eso debes presentar de manera trimestral los modelos 130 (IRPF) y 303 (IVA).
No hay ningún problema ya que debes aplicar una retención del 21% en las facturas que presentes, eso te afectara directamente a la RENTA, ya que tienes un rendimiento por trabajo.
Pero bueno hay un par de cosas mas que deberías saber como que los ingresos - gastos del beneficio obtenido debes pagar un 20% a hacienda.
Un saludo,
Luis García
www.LGSasesores.esRespondido el 7 de febrero de 2013
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Pero eres administradora de la Sociedad ? porque yo estoy obligada a pagarlo todo el año.
saludosRespondido el 7 de febrero de 2013
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Hola moska
Si solo realizas la actividad esos 3 meses no hay problema en que hagas altas y bajas del 037.
Las altas y bajas no afectan para nada a la renta, sino la cuantía de los ingresos.
Como actividad económica podrás deducir como gasto aquellos que tengas relacionados con la misma.
Presentar las obligacionesperiódicas que correspondan y los resúmenees anuales(no olvidar).
SaludosRespondido el 7 de febrero de 2013
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Ok, muchas gracias por la información.
Saludos.Respondido el 7 de febrero de 2013
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