FACTURA A PARTICULARES

Estoy dada de alta de autónoma con actividad económica 7490. Hasta ahora he facturado a empresas y otros autónomos descontando de mis facturas el 21% IRPF (de este modo sólo debo hacer la declaración de hacienda anual).
El caso es que recientemente he comenzado a dar formación a particulares. Me encuentro con que me hacen el ingreso del pago del curso por transferencia y ahora no sé muy bien cómo gestionarlo. Mis dudas son:
- Debo hacerles factura a particulares con IRPF ?(entiendo que no...pero no estoy segura).
- Si les hago factura sin IRPF ¿debo hacer la declaración trimestral? me comentaron que si no supero la facturación a particulares en un 31% no hace falta hacer la trimestral, pero ¿cómo se calcula ese 31%? ¿De lo facturado en un mes? ¿en dos? ¿en un año...?
- En el caso de hacer la trimestral ¿en qué meses se realiza? ¿Y con qué modelo puedo hacerlo por internet?
Muchas gracias.

Creada el
  • Hola evasanru

    Creo que necesitas un asesor (te evitará pérdidas de tiempo y dinero).

    Disculpa pero no entiendo que tengas ese epígrafe que citas y que des clases.Si haces dos actividades tienes que darte de alta de las dos en hacienda.

    Teniendo en cuenta solo la primera,que es una actividad profesional,solo deben practicarte retención,y tú ponerla en tus facturas,las empresas y personas físicas que tengan una actividad económica,ya sea empresarial o profesional.A los particulares NO.

    La declaración trimestral,modelo 130, no hay que presentarla si el 70% de tus ingresos están sujetos a retención.Cuando el año anterior ya ejercías una actividad debes tener en cuenta todo el año para el cálculo.Si inicias ahora debes tener en cuenta el trimestre.Y en el segundo y siguientes trimestres acumularlo hasta final de año.

    Saludos

    Respondido el

  • Muchas gracias por tu respuesta, Juan Carlos. Tomo nota de tu contestación y sugerencia!

    Respondido el

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