Modelo 347

Soy un autónomo nuevo, y aún ando un poco perdido. Comencé mi actividad el pasado septiembre y ya presenté los modelos 303 y 390 el pasado enero.
Ahora me surge la duda de si tengo que presentar también el 347. El total que he facturado es de cerca de 11.000 €, con un IVA asociado de unos 2.300 €. Los clientes son 4 y sólo una de las facturas supera los 3005,06 €, el resto son facturas por cuantías inferiores.
Mi primera pregunta es: ¿he de presentar el 347?
La segunda es: ¿sólo por la factura que supera los 3005,06?¿O por todas las facturas?¿o sólo por aquellos clientes a los que he facturado un acumulado superior a 3005,06?
En fin, como veis, totalmente perdido.

Muchs gracias por la ayuda.

Creada el
  • Buenos días,

    Si tus facturas llevan retención de IRPF, como supongo que así será, no tienes la obligación de presentar 347, gracias y saludos.

    Yolanda.

    Respondido el

  • Si se trata de facturas sin retención debe formular el 347 si una factura o un cliente, en distintas facturas, durante el año ha superado los 3005,6 euros, y solamente debe incluir ese cileinte o esa factura.
    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57 € por minuto desde móvil).

    Respondido el

  • Dish70

    Sumando a lo que comentan los compañeros, a tener en cuenta si hay arrendamientos.

    Los arrendamientos si hay que declararlos en el modelo 347 (aunque esté declarado en el modelo 180), ya que solicita información adicional del local (referencia catastral,dirección). Los prefesionales sujetos a retención no.

    Respondido el

  • Hola,
    Si necesitas descargar el modelo 347 puedes hacerlo en la sección Utilidades.

    Saludos

    Respondido el

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