Baja prestacion y alta autonomo

Hola!
El 1 de abril quiero empezar a ser autonomo,y tengo que interrumpir la prestacion por desempleo,pues el pago unico no lo puedo coger por estar pendiente de juicio por despido.
Ahora bien,¿me tengo que dar de baja antes,el dia 1 o puede ser dos dias despues?Supongo que seria el proceso asi,baja en el SEPE,alta en el IAE y alta en la SS.
Si me doy de baja el 1 de abril de la prestacion..¿ese dia lo cobro en mayo y los 29 dias restantes cuando reaunadara la prestacion al mes siguiente del alta,siempre que este dentro delos 24 meses de plazo?
¿y si me doy de baja el 1,pero no entro en el RETA hasta el 5..que pasaria con los dias 2,3 y 4?los cobraria?pues me parece que al renaudar la prestacion te piden el comprobante de la SS dep eriodo de autonomo.
Gracias

Creada el
  • Buenas, creo que puedes solicitar el pago único, aunque estés pendiente del juicio, creo que en el impreso pone una opción.

    No te des de alta en autónomo sin haber presentado antes la capitalización por desempleo aunque sea para cuotas.

    No tienes por qué darte de baja en la prestación antes, puedes hacerlo el mismo día que te des de alta en el RETA y en el IAE.

    Los pasos son: primero alta en el IAE, modelo 037 que es el simplificado, después alta en RETA, porque te piden copia del IAE y acto seguido comunica al SEPE el día en el que te has dado de alta en el IAE.

    Si te das de alta en el RETA el día 1, la prestación se considera terminada el día 31 de Marzo.
    Si te das el 2, el día 1 de Abril y así sucesivamente.

    Ese día o los días de ese mes los cobras el 10 del mes siguiente y los días que te queden de desempleo se quedan acumulados.

    Si tienes certificado digital, los puedes hacer todo por internet en su web WWW.SEPE.ES

    Yo me he dado de alta el día 4 de Marzo, por eso tengo todo esta tan fresco.

    Saludos

    Respondido el

  • Gracias!
    Voy a mirar ese impreso,aunque ya estuve en el SEPE,y me dijeron que no podia.
    Yo intentare hacerlo todo el mismo dia 1,a ver si puedo..

    Respondido el

  • Este es un requisito que pone:
    "En caso de haber impugnado ante la jurisdicción social el cese de la relación laboral origen de la prestación por desempleo cuya capitalización se pretende, la solicitud de pago único deberá ser posterior a la resolución del procedimiento correspondiente".
    Y como todavia no tengo ni fecha ni resolucion..pues nada.

    En el impreso pone esa opcion..pero supongo que te la denegaran...yo cogeria la subvencion de cuotas con el dinero del mes correspondiente,me quedan 5 meses de paro.

    Respondido el

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