IAE en lugar de autónomo
Hola, por fin un sitio donde se entiende lo que se lee! Enhorabuena.
Mi consulta es la siguiente: Soy funcionario de carrera y por lo tanto dado de alta en el régimen general. También soy Técnico Superior en Protocolo e imparto cursos de formación, exentos de iva, por lo que he facturado realizando retención de irpf.
Ahora, se me presenta la oportunidad de realizar trabajos (aunque irregulares), pero con cierta continuidad, en el campo de organización de eventos y relaciones públicas.
¿Puedo, en lugar de darme de alta como autónomo, limitarme a darme de alta en el IAE correspondiente para poder facturar los trabajos sin someterme a la cuota mensual de autónomo y duplicar cotización? ¿Qué consecuencias tiene en relación a Hacienda?
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Siento decirle que toda actividad lleva el Alta en la Seguridad Social, no hay una duplicidad de Cotizacion ya que el Regimen Especial de Autonomos y el Regimen General con compatibles, cotizaría en dos regimenes, a efectos de jubilacion o cualquier prestacion siempre se elegiria la cotizacion más beneficiosa. Gracias
Respondido el 27 de marzo de 2013
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Muchas gracias Gevalo, esto complica las cosas cuando el trabajo por cuenta ajena tiene un sueldo bajo y la actividad económica es irregular... gracias de nuevo!
Respondido el 2 de abril de 2013
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