Modelo 130

Buenos días,

Si como autónomo recibo un pago mensual fijo con una retención del 42%, ¿tengo la obligación de presentar el 130 y los IVAs?
En caso de no presentar el 130 por tener mas de un 70% de los ingresos con retención, ¿cuando me deduzco los gastos que tengo como autónomo?
Muchas gracias

Creada el
  • Para no estar obligado a presentar los pagos fraccionados trimestrales (Mod. 130) por tener los ingresos con retención es preciso hacerlo constar ante la AEAT. Los gastos los deducirá cuando confeccione la declaración anual de IRPF.
    Trimestralmente tiene que presentar la liquidación de IVA repercutido en sus facturas.
    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    Respondido el

  • Muchísimas gracias.

    Respondido el

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