IRPF
Soy autonomo ( mensajero), acabo de iniciar la actividad, y no sé si cuando facture a final del mes a los clientes, me deben o no retener el IRPF.
No lo tengo claro.... ¿es obligatorio? y que % sería, el 7 o el 15 ?
A ver si alguien está en la misma situación o sabeis del tema.
Gracias
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Hola
Sólo los profesionales autónomos deben incluir retenciones del IRPF en sus facturas, el 15% como regla general y el 7% en el año en que se de alta por primera vez y en los 2 años siguientes.
En tu caso, lo más normal es que estés dado de alta en actividades empresariales como trabajador autónomo. En ese caso no debes efectuar retenciones pero sí presentar trimestralmente el pago anticipado del IRPF (modelo 130).
En nuestro artículo sobre epígrafes del IAE (http://bit.ly/ngFOGx) puedes ver la diferencia entre trabajadores y profesionales autónomos y descargarte el listado completo de epígrafes para comprobar cuál es el tuyo, el que hayas puesto en la declaración censal de Hacienda (modelo 037).
Un saludoRespondido el 26 de septiembre de 2011
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