compaginar actividades en modulos
Buenas tardes.
Soy autonomo por modulos epigrafe 501.3 y quisiera saber si es posible darme de alta a la vez en otra actividad distincta. En este caso se trata de una actividad de ocio ( rutas y paseos a caballos) no se que epigrafe seria. Pero se podria compaginar las dos actividades y declararlas juntas en un mismo impreso?
Y a la hora de pagar el seguro de autonomo en la seguridad social ¿tendria que pagar dos cuotas o una ?
Gracias de antemano por la informacion.
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Buenos días: Como la actividad de ocio no está incluida en la Orden que desarrolla los módulos del 2011, pasaría a tener las dos actividades en estimación directa. Tendría que presentar el modelo 130. Para el IVA sucedería lo mismo, pasaría a tener las dos actividades en régimen general. Presentaría el modelo 303. Con respecto a la cuota de la Seguridad Social sólo tendrá que pagar una. Un saludo
Respondido el 28 de septiembre de 2011
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Buenos dias,
gracias por su respuesta.
¿Cual es la diferencia entre modulos y estimacion directa?
Saludos.Respondido el 29 de septiembre de 2011
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Buenas tardes: Como usted sabe en módulos se paga una cantidad fija en función de unos parámetros establecidos para el 2011 en la Orden EHA/3063/2010. En estimación directa en cambio pagará las retenciones de IRPF en función del beneficio que obtenga, es decir ingresos menos gastos. Si no tiene beneficios no pagará. En cuanto al IVA tendrá que ingresar si recibe mas IVA del que paga. En caso contrario no tendrá que ingresar. Un saludo
Respondido el 29 de septiembre de 2011
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buenas tardes.
Pero tendria que estar en estimacion directa tambien en el epigrafe 501.3? o solamente la actividad de ocio con caballos?
Gracias.
Saludos.Respondido el 29 de septiembre de 2011
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Buenos días: Tendría que estar con las dos en estimación directa. Para poder estar en módulos todas las actividades que realiza tendrían que estar incluidas en la Orden que desarrolla el régimen de estimación objetiva. Como en este caso la actividad de ocio con caballos no se encuentra dentro de las incluidas en la Orden, las dos tendría que declararlas en estimación directa. Un saludo
Respondido el 30 de septiembre de 2011
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Buenos dias.
Siento tantas preguntas, pero por último: que tengo que hacer para pasarme a estimacion directa y si lo puedo hacer cuando quiera?
En general es más ventajoso estar en modulos o estimacion directa?
Le agradezco mucho por sus respuestas que me han ayudado enormemente.
Saludos.Respondido el 30 de septiembre de 2011
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Buenos días: En el año en que comience la nueva actividad podrá compaginar una en módulos y la otra en estimación directa. Al año siguiente deberá tener las dos en estimación directa. Esto se puede hacer presentando un modelo 036/037 en diciembre donde se renuncie a la estimación objetiva o directamente presentando el modelo 130 en el primer trimestre del año. Con respecto a cual es más ventajoso, depende del caso. La ventaja con los módulos es que siempre sabes lo que vas a pagar durante el año y con la
estimación directa si tienes un trimestre malo con pérdidas por lo menos no pagas IRPF y probablemente tampoco IVA. Un saludoRespondido el 3 de octubre de 2011
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