Cómo facturar a una comunidad de vecinos
Quisiera saber si siendo autónomo tengo que restar el IRPF en las facturas que hago a mis clientes que son en su mayoria comunidades de vecinos sin conserjes ni otras nóminas a su cargo.
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Dependerá del servicio que prestes, del epígrafe en el que estés dado de alta en el IAE. Si estás en un epígrafe dentro de la sección profesional, si tendrás que aplicar la retención y es una actividad empresarial, no.
Un saludo
Cristina Magro
www.about.me/cristina_magroRespondido el 16 de abril de 2013
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Gracias. Te comento:
El servicio que prestaré es el de limpieza de zonas comunitarias, parkings y zonas exteriores.
No entiendo la diferencia entre " epígrafe dentro de la sección profesional" y "actividad empresarial". Tenía pensado darme de alta en el epígrafe 9221, pero dudo si el correcto es el 811.
Si no me he informado mal, el 9221 no tiene retención por pertenecer a la sección 1ª Actividades Empresariales. No tengo ningún título relacionado con la limpieza.
Muchísimas gracias.Respondido el 16 de abril de 2013
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El 811 son profesionales que prestan servicios de limpieza, sección 2º actividades profesionales, por tanto sujetas a retención.
El 922.1 limpieza de interiores, por ejemplo edificios u oficinas, está dentro de la sección 1ª, actividades empresariales y tu factura no llevaría retención.
Como ves hay algunas actividades que están incluidas en ambas secciones, la diferencia entre uno y otro, según Hacienda, es que el profesional se basa en desarrollar su profesión, mientras que la empresarial se basa en el desarrollo del negocio, su estructura.
No es fácil diferenciarlo y hay infinidad de casos similares, el más corriente el de los profesores, si actúan por su cuenta trabajando para varias academias o dando clases particulares son profesionales, si montan una academia es empresarial.
En tu caso dependerá de tu propia organización, si vas a tener empleados, un local, prestas otros servicios accesorios, son indicios de una actividad empresarial.
Si vas tu solo, limpias y te vas, será profesional.
La diferencia práctica a efectos de pagar impuestos: como empresarial pagaras en el modelo 130, el 20% de los rendimientos netos. Si eres profesional, adelantas el 21% de tu facturación. Razón por la que muchos se están cambiando de epígrafe profesional a empresarial, cuando existe esa dualidad.
Espero haberte aclarado algo el tema.
Un saludo.Respondido el 17 de abril de 2013
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