IRPF

En marzo me di de alta con epigrafe nuevo para poner una tienda de moda y al hacer la entrega a cta del irpf me dijeron que podía descontar todos los gastos que el negocio me ocasione, incluido los de puesta en funcionamiento: estanterías, pinturas, etc.
Mi duda es si me puedo desgravar el iva de estas fras. ya que las de la compra de mercancía no puedo hacerlo porque pago el 5,2 de recargo de equivalencia.
Imagino que en irpf me desgravo las bases imponibles..
Agradecería urgencia en la contestación porque tengo que presentar los documentos a lo más tardar el lunes.
Un saludo.

Creada el
  • Estas en regimen de recargo de equivalencia por lo que no podras deducirte ningun gasto a efectos de IVA , el recargo no se aplicara al servicio pero el gasto no sera deducible si necsitas un asesor fiscal .

    Te ruego que te pongas en contacto conmigo [email protected] o con otro compañero pero asegurandote que conoce dicho regimen

    Saludos Alejandro Jimenez

    Precio autonomos desde 45 euros/mes

    Respondido el

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