LICENCIA DE APERTURA O ACTIVIDAD EN MADRID
UNA OFICINA DE ABOGADOS, TIPO BUFFETE, ES OBLIGATORIO QUE TENGAN LICENCIA DE APERTURA O ACTIVIDAD EN MADRID???
Y A QUE MULTA SE ENFRENTAN SI NO LA TIENEN Y SE LA PIDE UNA INSPECCION???
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Hola, el tema de la licencia de actividades de los despachos profesionales es muy controvertido, en principio al no ser una actividad comercial ni industrial no se debería necesitar, así lo han entendido por ejemplo el Tribunal Superior de Justicia de Andalucia y Castilla Leon.
Hay ayuntamientos que consideran que no la necesitas si la relación es estrictamente profesional-cliente, si no hay pública concurrencia (TSJ Cantabria).
Como ves depende de cada Ayuntamiento, concretamente en Madrid, para mi antiguo Despacho, consulte a la Junta de Distrito me dijeron que si tenía que pedirla pero que no me la podían conceder por ser más de un segundo piso. Lo cierto es ejercí allí más de 5 años y nunca me expedientaron. Incluso una vez fue la policía municipal me pidieron la licencia, les dije que no tenía, pensé que nos iban a abrir un expediente pero nunca lo hicieron.
Creo sinceramente que la mayoría de Despachos en pisos ejercen sin la licencia, y el Ayuntamiento no se está metiendo mucho en el tema porque no tienen todas las de ganar si se recurre.
En cuanto a las multas creo que dependiendo de la gravedad van entre 750 y 3.000 euros, por lo menos en procedimientos en locales comerciales que he llevado.
Lo mejor es que consultes en tu Junta de Distrito, para que te quedes tranquilo.
Un saludo
Cristina Magro
www.about.me/cristina_magroRespondido el 18 de abril de 2013
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TE AGRADEZCO LA RESPUESTA QUE ES BUENISIMA.
EL PROBLEMA ES QUE PARA ATRAER CLIENTELA Y SER UN PRIMERO QUIEREN PONER UN CARTEL (CON LAS MEDIDAS ACEPTADAS CLARO) Y A LO MEJOR LLAMA LA ATENCION POR ESO QUERIAN SEGURIDAD ANTE TODO PORQUE LAS MULTAS EN MADRID CREO QUE EN 2012 HAN SUBIDO MIRA ESTO:
(EL APARTADO DE REGIMEN SANCIONADOR)
http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/ma-l2-2012.html
MULTAS DE 600.000 A 3.000.000 DE EUROS FALTA MUY GRAVERespondido el 18 de abril de 2013
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ESOS CASOS QUE LLEVAS DE COMERCIOS SON ACTUALES Y EN MADRID??
CAMBIA COMO DICES MUCHO DE UNA PROVINCIA A OTRA.Respondido el 18 de abril de 2013
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Muy interesante el enlace, yo me refería a la ordenanza municipal, y era anterior a esta ley, que parece que clarifica algo, al incluir no sólo actividades comerciales si no también servicios como los nuestros.
Voy a volver a hacer una consulta en la Junta si tu también lo haces, podíamos comentar lo que nos digan, no solo por nosotros si no también otros muchos que he visto que han hecho aquí consultas similares.
Respondido el 19 de abril de 2013
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en la junta me dicen que SI es obligstorio para cualquier actividad.
lo que no me clarifican porque dicen que depende de muchas cosas es la multa. sinceramente multa de 600.000 a 3.000.000 euros por una oficina de 40 metros me parece una exageracion, con la de gente que delinque en otras cosas peores y no les pasa nada...
graciasRespondido el 19 de abril de 2013
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