Autonomo no habitual

Buenos días.
Estando en el paro un antiguo compañero de trabajo, autonomo el, me propuso una oferta de trabajo de 3 días.
Debo hacerle una factura por ello para el justificar el gasto. El asunto es que el trabajo no se cobrará hasta unos 6 meses despues.

Debo darme de alta y baja en hacienda para efectuar el trabajo de tres días? y luego otra vez en la fecha en la que deba efectuar la factura?

En la SS me dijeron que por ser un trabajo no habitual y no llegar a los 800 euros no estoy obligado a pagar la mensualidad de 250 euros de SS.
Si me doy de alta, aunque no cobre..... Tengo las mismas obligaciones fiscales que un autónomo normal. Presentar los 130 en hacienbda y el 420 en el IGIC?



Muchas gracias

Creada el
  • Date de alta confecciona la factura en la fecha en que realizas el trabajo y seguidamente te das de baja.
    En el periodo en que has estado de alta deberás presentar los impuestos correspondientes a dicho trimestre y los anuales cuando corresponda.
    Para la fecha de cobro de la factura no es necesario que estes dado de alta.
    Un saludo
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