Tributación IRPF empresa limpieza
Hola.
Me voy a dar de alta como autónomo para prestar servicios de limpieza a comunidades de propietarios, limpieza de escaleras, sacar la basura, etc.
He buscado el IAE correspondiente a dicho trabajo y sería el 922, pero por lo visto este epígrafe no puede tributar por el sistema de módulos.
¿Alquien me puede ayudar-aclarar como debería hacerlo y cuanto me costaría?, al principio solo voy a trabajar con un par de portales con lo que los ingresos netos mensuales rondarían los 750-800 euros.
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El epígrafe 922 al no estar dentro de las actividades de módulos, se desarrolla dentro del régimen de estimación directa simplificada.
Esta forma tributaria requiere liquidación de iva trimestral, pagos fraccionados trimestrales si la facturación no es mayor del 70% a empresas, y los resúmenes anuales correspondientes, todo en sus modelos oficiales de Hacienda.
Tendrá que tener un Libro de Ingresos y Gastos.
En este tipo de régimen los pagos fraccionados se calculan en lineas generales Ingresos- Gastos y a esto le aplica un 20% , eso si, como le digo hay que ver si esta obligada o no a hacerlos....
recuerde que sus facturas, si se da de alta por primera vez la puede emitir con un 9%de retención.
El IVA, guarde si tiene facturas de compras y así podrá liquidar su iva repercutido menos el soportado.
Nosotros somos Gesbel Asesores, Madrid,en caso de que no pueda llevar solotodo esto estaremos encantados de echarle una mano, actualmente tenemos grandes ofertas para nuevas empresas y emprendedores como usted y le tramitaríamos toda la gestión y las obligaciones mensuales. www.gesbel.es
[email protected]. Elena Alvarez GómezRespondido el 1 de mayo de 2013
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El epigrafe indicado es una actividad profesional por lo que no puede acogerse a módulos, y tendrás que tributar en Estimación directa simplificada.
En este sistema se declara Ingresos menos gastos, pero como se trata de una actividad profesional si la mayoría de tus ingresos estan sujeta a rentención no tendras que presentar el pago fraccionado trimestar.
Unicamente presentaras el pago de Iva.
Por otro lado todos los gastos que te produzca la actividad será deducibles, seguros sociales, compra de productos, inversiones etc.
Si lo necesitas puedo ayudarte visita mi pag. www.asesoriaturin.comRespondido el 1 de mayo de 2013
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