CONTRATACION DE UN FAMILIAR

ME GUSTARÍA QUE ME INFORMARAN COMO PODRÍA DAR DE ALTA A MI MARIDO , PARA QUE PUEDA AYUDARME EN LA TIENDA DE ALIMENTACIÓN QUE TENGO, SI PUEDO POR HORAS O COMO AUTÓNOMO GRACIAS

Creada el
  • Hola al ser tu marido, tiene que darse de alta como autónomo colaborador, no puedes contratarlo por el régimen general.

    Lo que le "pagues" serán rendimientos del trabajo para él y un gasto deducible para ti.

    Y él no tiene obligaciones del tipo: darse de alta en Hacienda o presentar trimestrales, sólo darse de alta en la Seguridad Social y pagar la cuota de autónomo mensualmente.

    En este enlace tienes más información: http://undiamas.es/que-es-un-autonomo-colaborador/

    Un saludo

    Cristina Magro
    www.consultoresquatro.es

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  • hola. una duda que me aperece al hilo de esta pregunta......la cuota de autonomos en este caso la puede pagar tambien el titular de la actividad no es asi??? esto es opcional , una cosa u otra, o es obligarorio que la pague el colaborador??

    si la paga el titular es en modo rendimiento en especie para el colaborador, como se refleja en la nomina del colaborador , se suma como rdto especie y luego se resta en la misma nomina en SS????

    gracias.

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  • gracias por contestarme, me puedes indicar cual es la cuota que hay que pagar de autónomos, la darle de alta como autónomo colaborador

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  • La cuantía dependerá de la base de cotización elegida, si es la mínima está en torno a los 250 euros.

    El obligado al pago es el familiar colaborador, y se paga igual que la cuota de autónomos de cualquiera de nosotros.
    Si bien, nada impide que sea pagada por el titular como un pago en especie, y así deducir el gasto, o directamente subir el sueldo por esa cuantía. Pero si después descuentas el importe en la misma nómina realmente no la estás pagando si no que estas siendo un intermediario del pago, por lo que no puedes deducirtelo como gasto.
    Se tendría que hacer una nómina con la retención correspondiente pero sin deducir nada por Seguridad Social.
    Y para deducir como gasto la cuota de autónomos del colaborador, o esa cantidad se incluye como mayor retribución, o se paga directamente la cuota y luego se declara como un pago en especie con el pago a cuenta correspondiente.

    Respondido el

  • All dar de alta a un autónomo colaborador existe una reducción del 50% de la cuota de autónomos durante un periodo de 18 meses

    Si lo necesitas puedo ayudarte visita mi pag. www.asesoriaturin.com

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  • con la bonificación se queda alrededor de los 129 0 130 euros.

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