COMUNIDAD DE BIENES
Quiero hacer una comunidad de bienes con otro socio para un negocio de comercio al por menor y tengo varias dudas. Al ser los dos autónomos y estar acogidos al regimende estimación objetiva, ¿Tenemos que pagar cada uno por separado los módulos?, ¿Convendría que mas que nos acogamos al regimen de estimación directa o al de objetiva? si me acogiera al regimen de estimación directa qué modelos debería presentar durante el año tanto de IRPF como de IVA.
Gracias.
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La elección entre la estimación directa y la objetiva, requiere un análisis de los posibles resusltados de la actividad, y en función de los éstos determinar cual de ellos es más ventajosa.
Antes de tomar la decesión hay que pensarlo y soposarlo ya que los resultados pueden ser muy direntes y la opción por ej. si renuncia a módulos no se puede modificar en tres años.
Si lo necesitas puedo ayudarte www.asosoriaturin.comRespondido el 8 de mayo de 2013
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