Deducir cuota de autonomo en una Sociedad Civil

En una S.C. con dos socios, uno dado de alta como autonomo y el otro capitalista, el rendimiento se optiene en atribución de rentas y al socio le corresponde de acuerdo a su porcentaje, correcto, pero la cuota de autonomos como no la puede deducir la Sociedad se la deduce el socio que cotiza autonomos, en su declaración de la renta del año, disminuyendo el rendimiento neto en atribucion de rentas. ¿ Es correcto o no?

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  • Hola, los socios han de presentar el modelo 130 por la parte proporcional a su participación de los rendimientos obtenidos por la entidad.

    El socio trabajador (no así el capitalista) está obligado a estar dado de alta en el régimen de autónomos y esa cuota como es un gasto propio de cada comunero necesario para la actividad económica de la sociedad se lo deducirá en su modelo 130.

    Un saludo

    Cristina Magro
    www.consultoresquatro.es

    Respondido el

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