Letra pequeña factura
Hola,
Soy diseñadora gráfica y viendo diseños de facturas de otros diseñadores (sobre todo extranjeros) he visto que añaden en la parte inferior de la factura letra pequeña. Normalmente pone algo así:
"El retraso en más de 30 días en el pago de la factura desde la fecha de emisión de la misma supondrá un 10% de recargo en la cantidad a cobrar. La garantía de los derechos sobre la obra realizada está condicionada el completo pago de la misma en los plazos acordados entre las dos partes"
Esto en España se puede hacer así? Normalmente se pone algún tipo de "letra pequeña"?
Perdonad mis dudas, he buscado por otras consultas pero nadie más preguntaba y soy nueva en el mundo de los autonomos.
Un saludo
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Normalmente en España esto no se practica ,en otros paises si, es normal.
Sin embargo si haces una denuncia a traves de via judicial por impago, el juez acepta recargo por cada dia de impago.
No te prhibe nadie reflejar esta clausula en un contrato, siempre y cuando las dos partes estais de acuerdo con esta condicion. Tambien segun como lo ve el juez puede declarar la clausula abusiva.Respondido el 15 de mayo de 2013
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En España ese tipo de menciones en las facturas y documentos mercantiles puede considerarse como clausula o condición impuesta y por lo tanto nula, ello sin perjuicio de que el pago atrasado implica la obligación de indemnizar al que lo sufre, intereses de demora, cuyo importe si las partes no se ponen de acuerdo lo fijará el Juez.
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