creación s.l.

Buenos días:

Estoy pensando constituir una S.L. para desarrollar trabajos de asesoría compaginándolo con mi trabajo habitual por cuenta ajena.

En principio había pensado:

- Que tuviera un objeto social amplio, además de la asesoría, intermediación en compra-venta de vivienda, venta seguros, etc.

- Que tuviera como domicilio social mi residencia habitual

- Que se fundara con un capital mínimo de 3.000 €, no necesito más en principio para ver cómo funciona.

- Que fuera unipersonal y además yo fuera el administrador único de la misma.

Tengo las siguientes dudas con respecto a la Escritura de Constitución:

* Como podría redactar el objeto social con los parámetros comentados?

* Es aconsejable crear la S.L. en el formato exprés que he visto que está disponible con unos precios cerrados de notaria y Registro? Que inconvenientes tienen las sociedades exprés? Aconsejáis este tipo de creación o disponéis de estatutos tipo y los costes de Notaria no se disparan? Tengo entendido que los estatutos de la exprés simplificada son cerrados y no admiten variación sobre el modelo fijado, por lo que creo que aunque sea más costoso, sino hay otros inconvenientes, sería partidario del exprés normal.

* Hay algún inconveniente fiscal por ser propietario, administrador y "trabajador" de la sociedad? Como recomendáis que se refleje en los Estatutos la labor del administrador? Con remuneración, gratuita o fijada en Junta General cada año? Se comentan posibles reclamaciones fiscales por aplicación de % de retención como trabajador y que la hacienda defiende que son remuneraciones de administrador.

* Es preferible dar cabida en el capital de la sociedad a algún familiar para evitar la unipersonalidad?

* Parece que está próxima la aprobación de una nueva ley de emprendedores. Es preferible esperar a ver si se simplifican los tramites? o no se espera que varíen mucho sobre los actuales? Cuando esta prevista que entre en vigor?

Gracias.

Un saludo.

Creada el
  • Para decidir la conveniencia entre iniciar una actividad empresarial en el ámbito que describe como persona física a nivel fiscal/empresarial o a través de una SL u otra forma asociativa hay que ponderar muchas razones y esa ponderación evidentemente necesita conocer esas razones. Todo ello estimo que excede del ámbito de este consultorio, salvo que cometa la imprudencia de aconsejarle sin el necesario rigor, con el evidente riesgo de inducirlo a error.
    La razón principal para iniciar la actividad a través de una SL o persona jurídica análoga es o debe ser la limitación de responsabilidad para salvaguardar el propio patrimonio, sin embargo ello implica que no se deben dar avales personales, lo cual puede resultar de imposible cumplimiento si se requiere acudir al crédito bancario, en cuyo caso queda totalmente desvirtuada la razón antedicha
    Por otra parte el funcionamiento de una SL exige requisitos formales que originan gastos no previstos, (llevanza de contabilidad oficial, declaracion del Impuesto de sociedades, Juntas etc.).
    En definitiva para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur./min. Desde móvil)
    http://pedrohernandezabogado.com/

    Respondido el

  • Gracias por la contestación, aunque no me ha resuelto ninguna de mis consultas.

    Saludos.

    Respondido el

  • Buenas noches,

    En relación a tus consultas paso a comentarte mínimamente algunos puntos:

    - Podrías hacer un objeto social más o menos amplio aunque no creo que fuera posible con la venta de seguros ya que sería más correduría y no asesoria. No obstante me gustaría poderte ampliar mejor esta información si estás interesado.

    - Los estatutos de las sociedades express tal y como comentan son cerrados y uno de los mayores problemas es en relación a la disolución de la sociedad, modificación de los estatutos etc. No creo que sea muy recomendable a pesar de ser una opción menos gravosa. Si comienzas una actividad lo mejor es que lo hagas como quieres, con los estatutos que tú determines etc.

    - Puedes estar como trabajador en la sociedad con contrato, nóminas etc siempre que tengas bien instrumentado que las cantidades que decides son por las funciones realizadas. En caso de que al final del año quieras distribuir beneficios podrás hacerlo pero aplicando la retención correspondiente a los administradores.

    - Particularmente creo que si vas a estar solo sería mejor estar como autónomo aunque depende de muchos factores como edad etc. En caso de que ya tengas algo de cliente y actividad deberás sopesar las cantidades de beneficios que obtienes. Esto quiere decir estudiar los impuestos por IRPF vs IS.

    En cualquier caso si desea ampliar información puede contar en www.abrtl.com, [email protected] o 675 904 299.

    Un saludo
    ABR

    Respondido el

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