Recargo de equivalencia
Buenos días compañeros; he recibido un expediente de otra asesoría y resulta que en el 036 de alta de la actividad (es una CB) epígrafes 6597.1 y 9794.1 han hecho una alta en el régimen general de IVA y no por recargo. Según mi opinión debería ir por recargo de equivalencia. Me podríais echar una mano?a su vez he visto que está dada de alta en el registro de Operadores Intracomunitarios. Un saludo, Mercedes.
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Cuidado con dicha comunidad de bienes y con la tributacion del IVA pues si bien el epigrafe 6597 esta o deberia estar en recargo de equivalencia la 9794 es regimen general
Conclusion en los gastos comunes hay que aplicar una prorrataRespondido el 27 de mayo de 2013
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Buenos días, en este caso el régimen general absorbería al régimen recargo de equivalencia? Es una situación que nunca se m había planteado. Un saludo. Gracias.
Respondido el 28 de mayo de 2013
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