INEM Y ALTA AUTONOMO HACIENDA

Voy a montar una tienda online de regalos variados. Al principio los ingresos seran minimos o nulos por lo q de momento no voy a darme de alta en la seguridad social pero si en hacienda, para poder facturar.
Mi pregunta es : ¿puedo darme de alta como autonomo en hacienda, y seguir anotado en el paro??? No cobro ningun tipo de prestacion, solamente quiero seguir anotado por si surge un trabajo relacionado con mis estudios.
Muchas gracias

Creada el
  • Hola, TODA ALTA EN HACIENDA LLEVA IMPLICITA EL ALTA EN LA SEGURIDAD SOCIAL, Si te das de alta en Hacienda por ejemplo con fecha 01-06-2013, y autonomos 01-9-2013, en la seguridad social solo te admitiran la fecha del 01-06-2013, por lo tanto si quieres facturar y hacer las cosas legales debes de darte de alta tanto en hacienda como en la seguridad social.
    [email protected] www.jaragestores.com
    Un saludo

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  • ya se q legalmente deberia darme de alta tanto en hacienda como en la seguridad social pero dado q los ingresos seran muy bajos despues de leer este articulo pense q podria darme de alta solo en hacienda
    https://www.infoautonomos.com/hazte-autonomo/ser-o-no-autonomo/ser-autonomo-o-no-con-ingresos-bajos/
    segun pone en el apartado "soluciones", una de las opciones es: "darse de alta solo en hacienda", aunque ya se q no este legalmente bien

    Lo q queria saber es si considerando esta opcion de "solo alta en hacienda", puedo seguir estando anotada al paro.

    Gracias

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  • Solicitar trabajo por cuenta ajena (estar apuntado al paro) es compatible con estar dar dado en el régimen de autónomos.
    Usted puede trabajar como autónomo y sellar el paro al mismo tiempo, ya que ésto significa que también busca trabajo por cuenta ajena.
    Cuando realiza un trabajo de forma habitual, usted está obligado a darse de alta en autónomos, independientemente de los ingresos que obtenga de esa actividad.

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  • Hola, te recomiendo que te leas este artículo:

    http://undiamas.es/tengo-que-darme-de-alta-como-autonomo-si-gano-muy-poco/

    Numerosas sentencias admiten que no se cumple el concepto de habitualidad cuando se factura menos del IPREM anual, por lo que no darte de alta en la Seguridad Social si tus ingresos son bajos o nulos es perfectamente legal, otra cosa, es que el día que vayas a darte de alta en la Seguridad Social, automáticamente te cuentan la fecha del alta en Hacienda, y te querrán cobrar todas las cuotas impagadas desde entonces, por lo que tendrás que presentar un recurso, acreditando la falta de habitualidad o el carácter marginal de la actividad.

    Un saludo

    Cristina Magro
    www.consultoresquatro.es

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  • ¿y cuando decida darme de alta en la seguridad social pq mis ingresos aumentan, no podria darme de baja en hacienda y darme de alta al dia siguiente para ir a continuacion a la seguridad social?? Asi el alta seria en la misma fecha en hacienda y seguridad social
    Gracias por el articulo

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