SUBCONTRATACIÓN

Hola a todos,
Soy Arquitecto técnico Autónomo por la mutua del Colegio de Aparejadores, me ha salido una reforma y tengo que subcontratar todos los trabajos pues no dispongo de mano de obra, yo coordino todo pero no tengo personal a mi cargo, ¿ésto puedo hacerlo así? ¿Facturaría al cliente y los subcontratistas me facturarían a mi? Muchas gracias.

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  • Buenas tardes. Estás en lo cierto, debes facturar por un lado y te facturarán por el otro, sean autónomos o pymes. Es como se hace. Asegúrate de que queda claro el alcance de los trabajos con la gente que subcontrates para evitar problemas después. Un saludo

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  • Hola Javier, enhorabuena por todo lo de infoautónomos.
    He seguido informándome, y por lo visto parece que no lo puedo hacer así por la ley de subcontratación, en el caso que expuse, yo no puedo subcontratar personal si no participo en un tanto porciento con personal propio en el desarrollo de los trabajos, tendría que hacer yo una factura por coordinación de los trabajos y las otras empresas las correspondientes al cliente. Claro que no me quedo muy conforme porque yo dedico bastante tiempo a unos trabajos que voy a realizar y cuando pasas una factura por asesoramiento, a todo el mundo le parece una cantidad exagerada, pero en un global de todos los trabajos si encaja esa cifra. En cualquier caso si estoy equivocado en lo del tema de la subcontratación y pudiera hacerlo como comentábamos al principio ruego me mantengas informado.

    Muchas Gracias.

    Un saludo

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  • Hola a todos.

    Yo me encuentro en un caso muy similar al de gromero. Soy diseñadora de interiores en Madrid y me han encargado la reforma de un apartamento. Mi cliente quiere que me encargue de todo, por lo que tengo que subcontratar todos los oficios, facturandome todos ellos (autónomos) a mi y facturando yo todos los servicios a mi cliente.
    Según tengo entendido, por la ley de subcontratación que afecta, parece ser, solo al sector de la construcción, esto solo lo pueden hacer empresas (no autónomos) que estén inscritas en el Registro de Empresas Acreditadas de la Comunidad de Madrid, que cuenten con plan de riesgos laborales y con un 30% de personal necesario contratado fijo en plantilla.

    Mi pregunta es, si esto es así para todas áreas de la construcción, o si las reformas de interiores podrían quedar fuera del ámbito de esta ley.

    Un saludo.


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  • Hola.
    Aunque estos comentarios son antiguos, retomo el tema porque yo me encuentro hace tiempo en esta misma tesitura, hago facturas a mi cliente particular y a mi me las hacen todos los autónomos y empresas que participan en las reformas de vivienda que yo coordino y dirijo.
    También quisiera que me aclarasen si las reformas de viviendas particulares, se engloban en esa misma Ley de Construcción o tienen una consideración a parte.

    Muchas gracias, anticipadas.

    Un saludo.

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