BAJA AUTONOMO

VOY A DAR DE BAJA A UN CLIENTE ESTE QUIERE CESAR EL EJERCICIO EL 31/07/2013 PARA NO PAGAR YA AGOSTO, SE QUE TENDRE QUE DAR DE BAJA EN HACIENDA Y SEGURIDAD SOCIAL, PERO LOS PLAZOS QUE INDICAN NO ME CUADRAN , PUES LA SEGURIDAD SOCIAL DICE QUE LOS SEIS DIAS ANTES DE LA BAJA Y HACIENDA DURANTE EL MES SIGUIENTE.
LUEGO EN SEGURIDAD SOCIAL PIDEN : así como la documentación necesaria para acreditar el cese ( COMO LA ACREDITO ??? O ESO ES SOLO PARA LOS QUE VAN A COBRAR EL PARO ??

Creada el
  • Buenas tardes,

    El plazo en Seguridad Social son 6 días a partir del cese en hacienda. En caso de autónomo, hasta el día 6 del mes siguiente. Lo das de baja el 1 de agosto a fecha 31 de julio y presentas la baja en la TGSS.

    Saludos,

    Respondido el

  • y no cobraran entonces el mes de agosto ?
    por otra parte, hay que rellenar el modelo 036 solicitando la baja e indicando de todas las actividades y todo lo que se cumplimento al empezar la actividad, esq desde la pagina de hacienda solo te imprime dos hojas ?

    Respondido el

  • 1
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