Consulta sobre subvención en Andalucía.
Hola,
tengo una consulta sobre la nueva subvención de creación de empresas en Andalucía.
Mi mujer se dio de alta en el RETA en agosto de 2012, justo después de que suspendieran la ayuda al establecimiento del trabajador autónomo en Andalucía. En su dia, nos dijeron en la Junta que, aunque se había suspendido la subvención, podríamos solicitarla de nuevo cuando volviese a salir. Pues bien, recientemente se publicón en el BOJA el programa de ayuda, pero por lo que veo en los requisitos, si te has dado de alta antes del 2013 no puedes ser beneficiario:
Según el boletín se fija la fecha máxima de alta como el 1 de enero de 2013. Mi pregunta es, cuando dice "como máximo, desde el 1 de enero de 2013", ha de entenderse como del 1 de enero de 2013 para atrás, o del 1 de enero de 2013 hasta el día de hoy?
El contexto es el siguiente:
(...)
"Requisitos:
1º. Para los que se dan de alta por primera vez, estar dado de alta, en el régimen especial de trabajadores autónomos en el momento de la presentación de la solicitud o en el plazo que se establezca en la resolución de concesión y, como máximo, desde el 1 de enero de 2013.
2º. Para aquellos casos en los que en los últimos cinco años no hayan estado dadas de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos o aquel que legal o estatutariamente le corresponda, ésta deberá producirse en el momento de la presentación de la solicitud o en el plazo que se establezca en la resolución de concesión y, como máximo, desde el 1 de enero de 2013.
(...)
Gracias por vuestra ayuda,
un cordial saludo.
Jose
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