Reducción cuota Autónomos 50% sin limite de edad

Pues eso, mi duda gira en torno a esta cuestión...
...¿entrará en vigor la propuesta de la Ley de Emprendedores aprobada para una cuota de autónomos reducida de 50 euros sin diferencia de edad, durante los seis primeros meses de ejercicio de la actividad?.

Por otro lado, si una de las exigencias para poder beneficiarse de ella como dicen es no haber estado dado de alta como autónomo en los 5 últimos años, ¿hacerlo antes de que apruebe sería hacer el primo no?

Según esta publicación se espera que entre en vigor para el mes de Septiembre u Octubre de este año 2013...

http://www.bbvacontuempresa.es/actualidad/mercado-laboral/tarifa-plana-de-50-euros-para-los-nuevos-autonomos-sin-diferencia-de-edad

¿me gustaría saber qué opináis al respecto?

Creada el
  • Hecha un vistazo a este enlace:
    https://www.infoautonomos.com/informacion-al-dia/seguridad-social/bonificaciones-en-el-reta/

    Lo explica genial y muy bien.

    Respondido el

  • Hola
    Ya dimos cobertura sobre este tema en nuestro blog (https://www.infoautonomos.com/blog/la-tarifa-plana-de-50e-para-autonomos-llega-a-los-mayores-de-30/), está pendiente de su publicación en el BOE, previsiblemente para septiembre.
    A tenor de lo que ocurrió con la tarifa plana para jóvenes, si crees que te puedes beneficiar quizás te convenga esperara ver qué pasa, al menos hasta mediados de octubre (si te das de alta el día 15 de octubre constará como el mes de octubre completo).
    Seguiremos informando en nuestro blog!
    Saludos

    Respondido el

  • Gracias compañeros, me quedan clarísimas las ventajas que esto supone con los dos artículos tan interesantes que me indicáis y también que merece la pena esperar como comenta Javier.

    El problema es el que tienen muchos que han logrado hacer clientes en estos últimos dos o tres meses y que les encargan trabajos que a la vez no tienen más remedio que facturar, ya que se encuentran en el limbo de la legalidad al realizar facturas sin estar dados de alta en Hacienda ni en la Seguridad Social esperando como agua de mayo que esta medida entre en vigor para hacerlo, yo ya conozco dos casos.

    Por supuesto da la impresión de que darse de alta antes sabiendo que esta propuesta está aprobada y va a entrar en vigor más tarde o temprano sería "hacer el primo" como decía al principio del hilo.

    ¿Creéis que en estos casos para ser lo más legal posible convendría darse de alta en con el I.A.E correspondiente en hacienda para por lo menos cumplir con las obligaciones fiscales? y esperar a que entre en vigor el decreto para darse de alta y cotizar en la Seguridad Social?

    Esto será mejor que "quedarse con el IVA" como hacen algunos por motivo de la lentitud y la indecisión a la hora de aplicar la ley ¿no?.

    ¿Qué opináis?

    Respondido el

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