Legalidad

Mi empresa reconoce que soy TRADE, (pues tengo el reconocimiento por escrito firmado y sellado), pero no me hace contrato, como tengo que actuar?

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  • Hola,
    El Estatuto del Trabajador Autónomo que es el que regula la figura del Trade, no contempla la condición de Trade sin existencia de contrato y su regulación, ya que establece la obligatoriedad de existencia de contrato para ser considerado Trade. Pero la reciente aprobación de la Ley 36/2011 de 10 de octubre, añade un nuevo artículo, el art. 11 bis. sobre regulación del Trade en el Estatuto del Trabajador Autónomo.
    Este artículo dice que si como trabajador autónomo reunes las condiciones de Trade (art. 11), podrás solicitar a tu cliente la formalización de un contrato. En el caso de que se niegue, puedes solicitar el reconocimiento como Trade antes los tribunales o juzgados. Añade también que si los tribunales reconocen tu condición de Trade, este reconocimiento judicial no tendrá ningún efecto sobre la relación contractual entre las partes.

    Respondido el

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