Devolución IVA

Estimados Sres.: Presente la declaración del IVA del 4T de 2012 en el que me correspondía una devolución de 579€ correspondiente a las inversiones que había realizado para la puesta en marcha de mi consulta con fecha 07/11/2012 con dos epígrafes: médico especialista (epígrafe 832) y el epígrafe 824 (Profesor de Formación y Perfeccionamiento Profesional) La AEAT me contesta diciendo que no tengo derecho a la devolución ya que me aplican el articulo 20 de la ley de IVA por el cual los médicos especialistas el IVA lo tienen que asumir como gastos y no de pueden desgravar.
Teniendo en cuenta que las declaraciones las presento como un único sujeto pasivo en el cual se engloban los dos epígrafes (así me lo indicaron en la AEAT), mi pregunta es porque no me aplican las desgravaciones a el epígrafe 824 ya que las inversiones que realice y que soporte IVA son para mis dos actividades.
Puede ser porque no he tenido actividad con el epígrafe 824?. Cuando tenga actividad podría deducirme del IVA soportado a pesar que ya me los han desestimado?
Agradeciendo de antemano su colaboración, les envió un cordial saludo.
Miguel A. Alba

Creada el
  • Hola Miguel:

    Para empezar no estás obligado a presentar los modelos 303 trimestrales porque estás ejerciendo dos actividades sujetas y exentas del IVA, a saber, la medicina y la enseñanza.

    Tiene razón la AEAT al denegarte la devolución del IVA, porque para ti es mayor gasto en tus compras, no es un IVA deducible.

    Cuando tengas actividad en el epígrafe 824 tampoco te podrás deducir el IVA soportado porque igualmente es una actividad sujeta pero exenta de IVA.

    Al iniciar tu actividad y rellenar el modelo 036 o 037 no te aconsejaron o asesoraron correctamente.

    Espero haberte ayudado, si tienes mas dudas sigue el hilo o mándame un mensaje.
    Emilio León.
    Abogado, Asesor Fiscal y Contable.

    Respondido el

  • En primer lugar agradecerte tu contestación la cual me ha servido de gran ayuda. Con respecto al epígrafe 824 cuando me di de alta el funcionario que me atendió me dijo que la enseñanza profesional si que tenia que facturar IVA, que la enseñanza reglada es la que estaba exenta. Por eso mi extrañeza que en la declaración trimestral de IVA solo se ajusten al epígrafe 832 que según el articulo 20 de la ley de IVA esta exento de facturar IVA, pero no tengan en cuenta el 824, máxime cuando ellos mismos fueron los que me indicaron que si se podía facturar IVA.
    Gracias de nuevo por tu respuesta y si puedes me dices si tengo que presentar alguna alegación a la AEAT.
    Un saludo

    Respondido el

  • Ademas de negarte la devolucion debes saber que no se si te la han puesto ya pero solicitar indebidamente la devolucion del IVA es motivo de sancion

    Respondido el

  • Buenas, tengo un duda y espero que alguien me la pueda contestar. Tengo un saldo a favor en el Iva y me quisiera darme de baja como autonomo y darle de alta en proximas semanas. Cuando me de nuevo de alta sigo teniendo ese saldo a favor de Iva o tendria que empezar de 0 y si fuera asi que presentaria dos modelos anuales???? Gracias espero vuestras respuestas.

    Respondido el

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