pintor-estimación directa simplificada
Hola, una vez que te das de alta en el 037, iae y SS en el epigrafe de pintor, a la hora de realizar las facturas, tengo que aplicar +Iva y - retención (qué porcentaje de retención),?
Y el cálculo del model130 se realiza de principio de año al final del trimestre en curso, y se restan lo declarado los trimestres anteriores?
Según he leído, a los particulares será base imponible + iva??
Gracias.
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Hola
Te recomiendo nuestro artículo sobre retenciones de los profesionales donde explicamos cómo proceder: https://www.infoautonomos.com/fiscalidad/retenciones-irpf-profesionales-autonomos/
Si estuvieras en módulos deberías practicar una retención del 1% en tus facturas a empresas y otros autónomos. Al estar en estimación directa simplificada no es necesario.
Para el modelo 130 vas añadiendo los datos trimestrales e incluyendo los resultados acumulados según te indica el impreso.
SaludosRespondido el 9 de septiembre de 2013
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Si usted esta dado de alta en un actividad de pintura, deberá comprobar si esta dado de alta en estimación directa simplificada o en módulos. Dependiendo el régimen y de los destinatarios procederá retención o no.
El régimen elegido determinar la forma de realizar los pagos fraccionados.
Si lo necesita puedo ayudarle www.asesoriaturin.com
Puede ampliar información en la sección preguntas frecuentes de nuestra pag. web y en el siguiente blog http://autonomofacil.blogspot.com.es/Respondido el 9 de septiembre de 2013
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