Luz, agua y comunidad
Tengo alquilado un piso en el que sólo ejerzo ejerzo mi actividad profesional (no vivo en él). El agua, la luz y la comunidad la pago a través de mi cuenta corriente aunque las facturas venga a su nombre. Mi pregunta es si puedo desgravarme tanto en el IVA como en el IRPF estos gastos.
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Hola Mónica
primero tienes que comunicar a hacienda la parte del piso que está afecta o asignada a la actividad. Luego sí que podrás hacerlo en esa proporción.
En nuestro artículo sobre gastos deducibles en el IRPF encontrarás más información al respecto:
https://www.infoautonomos.com/informacion-al-dia/fiscalidad/gastos-deducibles-autonomos-irpf-estimacion-directa/
SaludosRespondido el 20 de septiembre de 2013
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