Devengarse el 12% de IVA en el régimen general?

Buenas noches. Mi pareja lleva dado de alta como autónomo en el régimen general desde el día 1 de julio de 2013. Trabaja como resinero (extracción de miera de pinos). La propiedad de los pinos la tiene una junta de propietarios que es quien vende la miera a la empresa resinera, a mi pareja quien le paga es la junta de propietarios en concepto de trabajos de resinación, cada kg recogido se paga a un precio anteriormente acordado y firmado mediante contrato de aprovechamiento. El tema es que nos han dicho que tenemos que devengarnos un 12% de IVA para este tipo de trabajos, pero mi duda es si se puede devengar el 12% de IVA (que creo que es el IVA de agricultura) perteneciendo al régimen general, o si por el contrario es el 10% como nosotros pensábamos? Cuando se dio de alta pensaba hacerlo por el régimen especial de agricultura, pero le dijeron que no podía porque no era el propietario de la explotación, ni lógicamente había plantado él los pinos que iba a resinar.
Otra duda que me surge es si puede deducir el IVA correspondiente a gastos de gasoil y mantenimiento del coche, no está inscrito como coche de empresa, pero es el único que tenemos, por lo tanto es el coche con el que va a trabajar. También ha tenido averías consecuencia de ir al trabajo, pues se trabaja en el monte por caminos complicados y los problemas en las rótulas, dirección, etc. son bastante habituales. ´
Espero vuestra respuesta y gracias de antemano

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