Móvil como gasto

Hola, mi última duda es, mi marido como autonomo se ha comprado un teléfono móvil pues lo necesita para contactar con los clientes, se puede deducir esa factura?? En AEAT me dicen que no. Se que las facturas no se pueden deducir porque las llamadas tendrían q ser íntegras laborase, pero el aparato??
Gracias.

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  • Seran elementos afectos a la actividad

    - Los utilizados en la vida privada de forma accesoria o notoriamente irrelevante entendiéndose que esto ocurre cuando dicho bien es utilizado en horas no activas de actividad. No obstante lo anterior, esta excepción no se aplica en relación con los automóviles de turismo y sus remolques, las motocicletas y las aeronaves o embarcaciones deportivas o de recreo a los que se les exige una afectación total a la actividad

    Conclusion : si tu tienes dos telefonos uno para la actividad y otro para tu vida privada podrias deducirte el teléfono tranquilamente y ademas basado en un articulo de la ley del IRPF

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  • Gracias, pero sólo tiene un aparato y su uso es un 80% laboral y un 20% privado

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