Impuestos módulos

Buenas tardes a todos, y gracias de antemano por la ayuda.
Tengo una duda referente a la aplicación de los impuestos de módulos, y es que, me interesa, con tal de no pagar cada mes la cuota del RETA, estar de alta puede que un mes, emitir facturas y estarme dos meses de baja, y volver a darme de alta cuando tenga que facturar. Mi pregunta es, si esto se puede hacer, y que consecuencias tendría a la hora de presentar los impuestos de IRPF e IVA de módulos, ya que tengo entendido que se paga en función de los días trabajados.

Muchas gracias por vuestra ayuda.

Creada el
  • 1
Volver