IRPF y Recargo DE Equivalencia
Hola. Soy comisionista en una estación de servicio de combustible donde hay una tienda. Tengo dos epigrafes uno de los cuales está en regimen general y otro en recargo de equivalencia. Tengo que hacer la regla de la prorrata pero ¿cómo hago el IRPF trimestral? ¿Puedo considerar el pago del iVA de las facturas de la tienda como una mayor costo de la mercancía como he leído en algun foro. <me podrías ayudar un poco con todo esto?
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Para empezar aqio hau sectores diferenciados y no prorrata y deberias actiar como si fieran doa negocios diferentes con un solo 130 inion de ambos ,el 303 solo debe presentarse ppr la actividad cuyo iva sea deducible para mas imformacion [email protected]
Respondido el 17 de octubre de 2013
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