Obligación de presentar modelo 130

Hola! Soy autónoma que presta unos servicios a una empresa, y a los que presento una factura con el 9% de retención de IRPF de lo que se harán cargo ellos de ingresar en Hacienda ( según tengo entendido...). Por otra parte estoy contratada a jornada parcial por esa misma empresa desarrollando otro tipo de actividades. Mi pregunta es la siguiente: ¿ Estoy exenta de presentar el modelo 130 al superar mis facturas como autónoma el 70% con retención IRPF, o se calcula sobre los ingresos totales: autónoma + nómina ? Gracias!!

Creada el
  • Hola, te reproduzco el artículo 109.2 del Reglamento del IRPF: "Los contribuyentes que desarrollen actividades profesionales no estarán obligados a efectuar pago fraccionado en relación con las mismas si, en el año natural anterior, al menos el 70 por ciento de los ingresos de la actividad fueron objeto de retención o ingreso a cuenta." y continua: en caso de inicio de la actividad se tendrá en cuenta el porcentaje de ingresos que hayan sido objeto de retención o ingreso a cuenta durante el período a que se refiere el pago fraccionado.

    Por tanto no tienes que presentarlo.

    Un saludo,

    Cristina Magro
    www.consultoresquatro.es

    Respondido el

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