Autónomo dado de alta en registro mercantil???
Buenos días,
En el periplo que supone ser autónomo en este pais nunca dejas de sorprendente,y hoy mi sorpresa ha sido que para pedir determinadas ayudas a la internacionalización, debe ser bien empresa o "AUTÓNOMO REGISTRADO EN EL REGISTRO MERCANTIL"
He llamado al registro mercantil, y me dicen que ahí no es.. que hay OTRO REGISTRO MERCANTIL PARA AUTÓNOMOS...
Por favor, alguien sabe aldo de esto???
Cada día alucino más...
Gracias, un saludo.
Eva
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Hola, puede ser que se refieran a la nueva figura que ha salido para el autónomo, que es el autónomo de responsabilidad limitada, para que no tenga que responder con sus bienes, en estos casos el autonomo se tiene que registrar.....por lo que cuentas puede ser esto.....
un saludo
Elena Alvarez
www.gesbel.es
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Si necesitas asesor en Madrid puedes visitarnos y conocernos.Respondido el 29 de octubre de 2013
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El codigo dr comercio establece que el empresario individual puede inscribirse en el registrp mercantil distinto es que en la practoca no se haga
Respondido el 29 de octubre de 2013
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Gracias por vuestras respuestas! :)
Pero lo más gracioso es que en el Registro Mercantil de Madrid me dicen que ahí no se pueden registrar autónomos, que sólo empresas.
Que hay OTRO REGISTRO PARA AUTÓNOMOS, pero que no saben darme más información de dónde es...
La verdad que a veces es desesperante la situación de desinformación que sufrimos... :(Respondido el 29 de octubre de 2013
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Es el mismo registro pero al ser potestativo y no obligatorio posiblemente al haber hablado con un administrativo les suene a chino pero poder se puede hacer ,ahora bien nadie lo hace
Respondido el 29 de octubre de 2013
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Hola soy , autónomo desde el 2006, en el 2009 se me metió una subrogación donde mi padre era empresario de una misma actividad en condición de Sl. se disolvió y contrate a una trabajadora que allí prestaba los servicios, creí , porque a mí nadie me dijo nada que la antiguedad de esta era desde el 2009 que es cuando yo, la contrate, la despido y se me imputa a pagar toda la antiguedad 17020 euros. a día de hoy dispongo de una vivienda hipotecada, mí vivienda habitual y un coche afecto a la actividad, se me quería embargar los bienes y han hecho una anotación en el registro de la propiedad de tal vivienda, me gustaría saber y puedo registrarme en el registro mercantil para salvaguardar mi vivienda habitual hasta 300.000 euros y mi vehículo hasta 50000 euros , como aso dispone la nueva legislación, y que tendría que hacer...
gracias , abrazos!!!Respondido el 19 de enero de 2015
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