Alta en Hacienda

A mi amigo le a contratado un cliente para recibir encargos y ya a realizado un trabajo del que necesita realizar la factura, pero aún no se ha dado de alta en Hacienda y en la Seguridad Social.

¿Podría realizar la factura para cobrar el importe del trabajo y posteriormente darse de alta en Hacienda y en la S.S a lo largo del mes para que figure en el alta como el día 1 del mismo?

Creada el
  • Hola,
    No puede emitir la factura hasta que no se realice el alta en la seguridad social y en hacienda, ya que con carácter retroactivo dependiendo de cada administración no suelen aceptar las altas, y si el efecto es con el día que procese su alta, estaría emitiendo una factura en una fecha en la cual no se encuentra de alta en hacienda en el IAE correspondiente.
    La cuota de autónomos la tiene que cobrar íntegramente independientemente del día que se de el alta.
    Si se encuentra en Madrid le invitamos a que pase por nuestras instalaciones en la C/Mejico, 39 para asesorarle sobre las posibles subvenciones a las que pueda acceder, y podemos procesarle toda la gestión de alta de su actividad ante la seguridad social y hacienda.
    Un saludo,

    Respondido el

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