autonomo agrario

durante la temporada de vendimia , me doy de alta com autonomo en el regimen especial agrario y en el modelo de estimacion directa simplificada en hacienda ; no emito facturas porque me valen las emitidas por las bodegas a quien compro las uvas ; mi pregunta es , si dado de alta en este regimen especial y en la modalidad de estimacion directa simplificada y realizo un trabajo con una mixta , es decir trabajos de desbroces , etc. puedo emitir una factura ? ¿con que IVA? ¿ realizaria igual en la declaracion de la renta los ingresos derivados de estos trabajos ? o tengo que darme de alta en estimacion objetiva ?

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  • Si los trabajos de desbroces no los haces en tu propia explotacion dicha actividad no estaria acogida al regimen especial de la agricultura y existirian sectores diferenciados tendrias que reflejarlo en la corresponidente declaracion censal y emitir un iva al 21 % si necesitas asesoramiento fiscal

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