contrato trade - cliente extranjero
Hola,
tengo un par de dudas.
1. Empece mi actividad como autónomo en Junio de 2013, con un cliente mayoritario en el extranjero. Como mas del 75% de mis ingresos vienen del mismo cliente, mi asesor me consideró como autonomo económicamente dependiente (trade) y me dijo que no tenia que pagar el IRPF trimestral.
Me acaban de informar que es necesario firmar un contrato trade con el cliente. Es esto obligatorio? También si el cliente esta en el extranjero (Europa)?
2. Mi otra duda es que en Diciembre me voy de vacaciones y quiero saber si puedo darme de baja del régimen de autónomos durante un mes y después darme de alta otra vez, aún siendo trade.
Muchas gracias
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A ver el modelo 130 no tendras que presentarlo cuando tus ingresos esten en mas de un 70 por cien sujetos a retencion independientemente de so vienen de uno o de mil pagadores si tu cliente esextranjero y no tiene establecimiento en espania no puede retenerte y tendras que presentar el modelo 130
Respondido el 21 de noviembre de 2013
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Tengo tres compis que acaban de aprobar la oposicion de subinspeccion de hacienda. Creo q voy a tener que ponerme a opositar otra vez por que trabajo visto lo visto hay de sobra
Respondido el 21 de noviembre de 2013
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uno intenta pagar un asesor para hacer todo de manera correcta y finalmente no se puede estar seguro. desde luego, si no sobra trabajo como subinspector de hacienda, es porque tampoco sobran asesores incompetentes.
en cualquier caso, gracias por tu ayuda candasRespondido el 21 de noviembre de 2013
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Te entiendo totalmente almenos todavia tiene solucion, y se ha detectado rapido si regularizas tu situacion antes de que exista requerimiento por parte de hacienda no podran sancionarte y lo que te haran es poner un recargo por declaracion extemporanea sin que proceda intereses de demora ni sancion
Respondido el 21 de noviembre de 2013
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