autonomo colaborador
Buenas, tengo unas dudas respecto al autonomo colaborador, alguien puede aclararme?
Actividad bar, la madre quiere contratar a su hija de 18 años que convive con ella, tiene que ser como autonomo colaborador o puede en el regimen general?. En el caso de autonomo colaborador la madre tiene que hacerle nómina a la hija? Gracias.
-
Las dos opciones son posibles.
Puede dar de alta a la hija en el régimen general, pero sin cotización por desempleo.
También puede darse de alta la hija como autónoma colaboradora. No será preciso hacer nómina aunque puede hacerse con la retención a Hacienda correspondiente.
En cualquiera de los dos casos la hija tendrá que declarar los rendimientos en su IRPF y serán gastos deducibles para la madre en su actividad, siempre que conste la realidad de la remuneraciónRespondido el 16 de diciembre de 2013
- 1