Deducir gastos de combustible

Buenos días,
Soy albañil autónomo y utilizo mi vehículo particular para desplazarme a las obras que ejecuto y para transportar mis herremientas. Solo estoy poniendo mano de obra con los materiales y medios auxiliares por cuenta del cliente y, aunque tengo pensado adquirir una furgoneta, todavía no he podido. ¿En qué medida puedo deducir los gastos de combustible y mantenimiento de mi vehículo?. Yo pienso que, por la ubicación de las obras y los presupuestos que tengo presentados, podría probar que efectivamente lo utilizo para mi actividad. Se me olvidaba indicar que estoy en estimación directa y que voy a presentar mi primera declaración correspondiente al curto trimestre, ya que inicié la actividad el 23 de octubre.
Muchas gracias y un saludo.

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  • Si lo usas los fines de semana no es deducible si fuese una furgoneta la cosa csmbiaria

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  • ¿Y no se puede deducir en ningún porcentaje? porque yo es el único vehículo que tengo y lo utilizo mucho mas para trabajar que para uso particular, como es lógico. A parte de desplazarme cuando tengo trabajo también tengo que hacer labor comercial cuando no lo tengo e ir a ver obras y demás.

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  • si dispone un turismo que utiliza tanto para su actividad como para su vida personal, no se considera afecto a la actividad y únicamente podrá deducirse el 50% del IVA, no así los gastos ocasionados.
    Si lo necesita puedo ayudarle www.asesoriaturin.com

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  • Muchas gracias por las respuestas. Me habeis ayudado mucho.

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  • Ahora bien ese 50 por cien no ddeja de ser una presunción pues su el bien no está afecto no se podría deducir el iva pero el 50% suelen aceptarlo sin mas

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