modelo 130

Soy autónoma (profesional - est. simplificada) y vengo presentando trimestralmente el modelo 130 y el modelo 303. Hasta el 30/11/2011 mis facturas eran sin IVA y sin IRPF puesto que mi cliente estaba exento. A partir de diciembre cambio de cliente y me factura con IVA y con IRPF. Como no es una retención de como mínimo del 70% de mis ingresos entiendo que este último trimestre debo presentar el modelo 130 también. Mi pregunta es qué debo hacer con el IRPF retenido en diciembre. ¿Debo incluirlo en el modelo 130 casilla 06 o lo debo tener en cuenta en la declaracion anual del IRPF?. Y el ingreso neto del mes de diciembre debo sumarlo a los ingresos computables del trimestre, casilla 01 del modelo 130??

Creada el
  • Hola Rouskings.
    Tienes que hacer del 4º Trimestre:
    -Mod. 130 por los ingreso
    -Mod 111 por las retenciones
    -Mod. 303 por IVA
    Mod. 190 RESUMEN ANUAL RETENCIONES
    Mod. 390 RESUMEN ANUAL IVA

    Los ingresos anuales del 130 los incluiras cuando toque hacer la declaracion de IRPF a partir de Mayo. y por último OJO por si tienes operaciones con terceros superiores a 3000 euros, tendras que hacer el Mod. 347 en Marzo.
    Jesús.

    Respondido el

  • Gracias Jesús,
    Pero no entiendo porqué tengo que presentar el 111 y el 190. En el mismo modelo 130 hay una casilla para hacer constar las retenciones. No puedo poner ahí la retención de diciembre y ya está?.

    Respondido el

  • El 130 es para liquidar sobre ingresos, el 111 es para pagar el importe que has retenido, en mi caso es obligatorio porque engo un empleado, para el tuyo me pones en duda, lo mejor entra en la web de la AEAT, ahí tienes direcciones y telefonos busca el de tu agencia provincial y consúltalo. es lo mas rápido.
    si tienes que hacer el 111, de tirón el 190 por ser el resumen anual.
    Un saludo.
    Jesús.

    Respondido el

  • 1
Volver