gastos generales deducibles en el IRPF
Buenas tardes,
Mi duda es la siguiente, los gastos generales pueden deducirse íntegramente en el IRPF o es necesario descontarles el IVA? Por ejemplo, si tengo un tiquet de una imprenta donde me cobran 10€ en total, puedo descontar esos 10€ íntegros de mis ingresos o sólo los 8.26€ que figuran en mi tiquet como base imponible, sin ser éste una factura.
Y en el supuesto de que solo pueda descontarme la base imponible, con recibos como los de la cuota de autónomos que IVA se supone que tengo que descontar.
He intentado leer los distintos artículos que tenéis para resolver mi duda sin necesidad de preguntar, pero no lo tengo del todo claro, así que perdón por mi ignorancia y gracias por vuestro trabajo.
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Buenas tardes,
los gastos deducibles lo son por su base imponible, si no llevan IVA, como los autónomos, lo son por el total.
Para cualquier duda: [email protected]
Saludos,
AnnaRespondido el 14 de enero de 2014
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Su estas en algún régimen véase por ejemplo el recargo de equivalencia o bien una actividad exenta como la educación el iva forma parte del gasto ya que al no poderse deducir el iva es más gasto si necesitas ayuda [email protected]
Respondido el 14 de enero de 2014
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