NUEVO AUTÓNOMO

Buenos días, soy nuevo en todos los aspectos de un autónomo. Me di de alta el 12/09/2013, y estoy muy perdido en cuanto a qué declaraciones debo presentar este mes. Me dijeron cuando el Alta que la primera declaración trimestral al ser el alta en septiembre, debía hacerla en enero. pero no tengo claro si es la trimestral del IVA, si también IRPF. Gracias

Creada el
  • Si te has dado de alta en septiembre la primera declaracion deberia de haber sido septiembre , si te has dado de alta en octubre la primera es diciembre .

    Sin saber la actividad es un poco dificil adivinar cuales son tus obligaciones fiscales, por lo que si quieres que te contestemos deberias de proporcionar una mayor informacion

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  • Hola Candas, si las declaraciones de IVA son trimestrales como voy a realizarla el mismo mes del alta?

    Respondido el

  • Si te has dado de alta un 12 de septiembre tienes que haber presentado las oportunas declaraciones.

    Las declaraciones tienen una periocidad trimestral lo cual no es lo mismo que una declaracion sea trimestral por tu razonamiento cada autonomo tendria su propio ciclo.


    Tu te has dado de alta en el tercer trimestre y la obligacion fiscal nace desde ese momento, incluso si hubiera sido un solo dia deberias de haber presentado las oportunas liquidaciones

    Si necesitas ayuda [email protected]

    Respondido el

  • Buenos días,

    pues dependerá de lo que marcases en el alta de hacienda. En principio tendrás que realizar la liquidación de IVA (y el resumen anual), siempre y cuando no vayas por recargo de equivalencia o estés exento. Y del IRPF, depende de si eres profesional y te retienes que entonces no hay que hacer nada, o si tienes un 70% de clientes finales con lo que tienes que presentar mod. 130 o... Y hay otros impuestos, pero tendrías que ponerte en contacto con algún asesor.


    Saludos,

    Anna
    [email protected]

    Respondido el

  • Buenas....la del tercer mes, Julio, Agosto y Septiembre, se presenta en Octubre.
    Un saludo, te copio la información colgada en infoautónomos:
    Declaración trimestral del IVA, debiendo presentar el modelo 303 hasta el día 20 de los meses de abril, julio y octubre y hasta el 30 de enero. Si cotiza en módulos y está acogido al régimen simplificado de IVA, el impreso a presentar es el 310 los tres primeros trimestres y el 311 el cuarto.
    Declaración trimestral del IRPF, debiendo presentar el modelo 130 si tributa por estimación directa o en el 131 si tributa por módulos, hasta el día 20 en los meses de abril, julio y octubre y hasta el 30 de enero.
    Declaración trimestral de retenciones e ingresos a cuenta en caso de haberlas efectuado (modelo 111) o sobre las rentas pagadas por alquileres (modelo 115). El plazo es hasta el día 20 de los meses de enero, abril, julio y octubre. Los profesionales autónomos que efectúen retención e ingresos a cuenta (por parte del cliente) en al menos el 70% de sus ingresos están exentos de la presentación del modelo 130 del pago fraccionado, aunque sí deben realizar la declaración anual de IRPF.
    Declaraciones resumen anuales, de carácter informativo y recapitulativo, a presentar en el mes de enero, tanto sobre retenciones e ingresos a cuenta (modelos 180, 190) como sobre el IVA (modelo 390).

    Respondido el

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