Modelo 115

Buenas,
mi padre es autónomo y como ahora hay que presentar todo o casi todo telemáticamente me ha pedido que lo hiciera yo por él así que tengo muchas dudas. En el modelo 115 he pedido la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento ¿está permitido o no, porque en unos sitios leo que sí, en otros que no?¿sabeis cuánto tardan en aceptar o denegar la solicitud?
Muchas gracias por adelantado.

Creada el
  • Buenos días,

    la opción está, pero no lo conceden nunca a no ser que sea por fuerza mayor. Comentaron que si se pedía no aceptarían el impuesto y lo darían por no presentado, así que pones reconocimiento de deuda y lo pagas cuando puedas, ya que la opción de domiciliarlo y devolver el pago ya no es posible por fechas.


    Saludos,

    Anna
    [email protected]

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  • Gracias Anna. ¿Eso lo hago ahora o espero a que lo denieguen?

    Respondido el

  • ¿Y no la puedo fraccionar?

    Respondido el

  • En hacienda se ha dado orden de que aquellas declaraciones relativas a retenciones modelos 111, 123, 115 entre otros que se presenten con aplazamiento no es que se den por no presentadas pues la obligacion formal estaria realizada pero pasaran a periodo ejectutivo directamente con los consiguientes recargos 5% que conociendo lo que le cuesta dar cartas de pago posiblemente esta le sea enviada al contribuyente con un recargo del 10% es decir no el ejecutivo sino el reducido de apremio

    No te permitiran presentar el modelo por lo que tendras que presentar un escrito con la orden de pago para que puedan hacer el ingreso ya.

    Si necesitas ayuda [email protected].


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    candas

    Respondido el

  • Muchas gracias por tu respuesta pero, sigo sin saber ¿se puede fraccionar el pago?

    Respondido el

  • NO

    Respondido el

  • Gracias por tu respuesta.

    Respondido el

  • Hola, por ley, según el artículo 65.2 de la Ley General Tributaria, las liquidaciones de retenciones y pagos a cuenta ni se pueden aplazar ni fraccionar, porque realmente no es tu dinero, es del que le has retenido, tu solo eres un intermediario del pago. Otra cosa, es que en estos últimos años, debido a la situación económica y la falta de financiación se haya permitido, algo que se ha terminado puesto que han emitido una instrucción interna diciendo que ya se no se conceden.

    Un saludo

    Cristina Magro
    www.consultoresquatro.es

    Respondido el

  • Hola,
    Si necesitas descargar el modelo 115 o ampliar información sobre el mismo puedes hacerlo en el siguiente enlace https://www.infoautonomos.com/utilidades/impresos-oficiales/modelo-115-retenciones/

    Un saludo.

    Respondido el

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