Resumen IRPF
Buenas compañeros.
Me di de alta como autónomo en Marzo. y presente el 130 del primer trimestre. Luego como solo facturaba a un cliente, cambie el 037 y no he presentado más 130, mi pregunta es si tengo que presentar el 190.
Y también quisiera saber como justifico las retenciones a cta. que me efectúa mi cliente a la hora de hacer la declaración anual (con mis facturas cobradas ó algún documento que ne han de dar mi cliente)
Gracias de antemano a todos.
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Hola, el modelo 190 sólo lo tienes que presentar si has presentado en algún trimestre algún modelo 111 (retenciones en facturas o nóminas que tu hayas pagado), no tiene nada que ver con el 130 o las retenciones que tu hayas soportado en tus facturas.
En cuanto a tus retenciones, el obligado por ellas es tu cliente, tu no tienes que justificar nada pero le puedes pedir que te entregue un certificado, solo incluirlas en la declaración de la renta.
Te dejo este enlace donde hablo precisamente de las retenciones: http://www.consultoresquatro.es/la-obligacion-de-retener-en-las-facturas/
Un saludo
Cristina Magro
www.consultoresquatro.esRespondido el 26 de enero de 2014
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