70% facturas con retención IRPF

Buenos días,
He leído que si facturo al menos el 70% de mis ingresos a profesionales y empresas, que me practican retención, no estoy obligado a presentar el 130 ese trimestre. Lo cumplo por poco, pero este 4T, entro en el saco.
Esto hay que comunicárselo a Hacienda de alguna manera o, simplemente, no se hace el modelo?
He llamado a Hacienda y, tras mucho esperar un par de días, he cesado en el intento.

Gracias de antemano,

Saludos.

Creada el
  • Debes fijarte en el año anterior, si en 2012 el 70% de tu facturación no estuvo sujeto a retención este año 2013 tampoco debería estarlo, pero si has comenzado en 2013 la actividad, debes fijarte en el trimestre anterior, si en el 3T de 2013 no estuviste sujeto, tampoco deberías estarlo en el 4T para más ayuda puedes contactar con nosotros en Elmejorasesor.com

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  • Es mi primer trimestre y, en consecuencia, mi primer 130. Así que no tengo precedentes en el tema.
    Gracias.

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  • Por tanto si en el 3 trimestre cumpliste los requisitos para no presentar el 130 no deberás presentarlo en el 4 trimestre, y el año que viene deberás observar el total del año 2013 para ver si debes presentarlo o no. Esperamos haberte solventado tu duda, si no es así podemos seguir ayudandote, también puedes encontrarnos en Elmejorasesor.com

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  • Cuidado que te puede llegar carta de hacienda si tienes la obligacion marcada aunque se suele solucionar con un escrito pero cuidado con ese detalle

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  • Claro, a eso iba yo principalmente. Pero en Hacienda, pillé con la persona no indicada y no me respondieron.
    Haré el modelo igualmente, porque voy a tardar lo mismo en hacerlo que en intentar solucionarlo directamente con ellos.
    Gracias por las respuestas.

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  • Eso si su cumples los requisitos da de baja la obligación de cara al 2014 ahorrarás tiempo y papel y la naturaleza no está para que andemos gastando papel inútilmente

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  • El presentar o no el mod. 130 es voluntario si lo no presentas nadie te va decir nada, pero si optas por no presentarlo lo mejor es que te des de baja en la obligación .
    Si lo necesitas puedo ayudarte www.asesoriaturin.com

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