IVA y modelo 303

¡Hola!
Antes de nada, quería agradeceros de antemano toda la información y ayuda que dais a los nuevos autónomos.
Dicho esto, os planteo unas dudillas que me tienen mareado, por si podéis echarme una mano:

1.- El modelo 303 ¿Se puede presentar telemáticamente?
2.- ¿Cómo se realiza el pago? ¿Se puede hacer telemáticamente también?
3.- ¿Hasta qué fecha se añaden facturas para este primer modelo 303 si empecé mi actividad el 15 de Octubre de 2013? ¿Hasta el 31 de diciembre o hasta el 30 de enero?
4.- Si un trimestre no se tienen cobros, pero sí pagos ¿se compensa con otro trimestre que haya sido al contrario?
5.- Mi única factura de momento es de un proyecto para la Junta de Andalucía, pero en diciembre cuando facturé, me dijeron que tardaría en pagarse. ¿Tendría que anticipar el IVA en este caso?

¡Muchísimas gracias por vuestra ayuda!

Un cordial saludo.

Creada el
  • Buenos días,

    1- El modelo 303 se puede presentar telemáticamente.
    2- Si no lo presentas dentro del periodo de domiciliación, entonces tienes que hacer un NRC a través la web del banco y presentarlo con la numeración que te asignan, para demostrar que el pago está efectuado.
    3- Las facturas de cada trimestre son desde el primer día del trimestre hasta el último día del mismo. En este caso del 1 de octubre al 31 de diciembre.
    4- Si un trimestre el IVA te sale negativo se compensa con el siguiente. Incluso se puede solicitar la devolución si lo crees oportuno.
    5- Tienes que hacer frente al IVA aunque no lo hayas cobrado. A partir de ahora puedes apuntarte al criterio de caja (aconsejable si trabajas para la administración), pero implica un poco más de trabajo en la contabilidad.


    Saludos,

    Anna
    [email protected]

    Respondido el

  • ¡Muchísmas gracias Anna!

    Me ha quedado todo perfectamente claro.

    Ya, si no es abusar de tu amabilidad, ¿podrías decirme si el pago de un máster, totalmente relacionado con mi actividad laboral, se puede indicar en el modelo 303 también?
    Si así fuera, ¿qué IVA tendría? Es que no lo veo indicado en ninguna parte de la carta de pago...
    (Es un máster propio de la Universidad de Sevilla)

    De nuevo, ¡agradezco de veras vuestra ayuda!

    Un cordial saludo.

    Respondido el

  • La educación esta exenta al ser una actividad reglada al tratarse de un máster no llevará iva. En cuanto al pago existe la posibilidad de ingresarlo directamente en la hacienda público para lo que necesitarás certificado electrónico (bien es cierto que no conozco a nadie que haya pagado de esta manera) y que lo normal es presentarlas con domiciliario o ir directamente al banco

    Respondido el

  • ¡Muchas gracias candas!

    Todo resuelto, os lo agradezco de veras. ;)

    Un saludo.

    Respondido el

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